Libro de Tobías
Pbro. Ernesto María Caro
El libro de Tobías es uno de los libros llamados “Deuterocanónicos”. Esto es debido a que en algún tiempo se dudó de que estuviera inspirado y de que fuera parte de la revelación. Uno de los elementos que influyó para llegar a esta conclusión fue el hecho de que el libro sólo existía en el canon Alejandrino y por lo tanto sólo en griego. Los descubrimientos de Qumrán, han relevado la existencia de algunos fragmentos de este libro tanto en hebreo como en arameo, con lo cual, se han disipado las dudas sobre su canonicidad. La Iglesia Católica siempre lo ha considerado dentro de la lista de libros del Antiguo Testamento, sin embargo, las iglesias de la reforma, han excluido de su biblia este libro, por considerarlo no “canónico”.
“La Tradición apostólica hizo discernir a la iglesia qué escritos constituyen la lista de los libros santos. Esta lista integral es llamada “Canon” de las Escrituras. Comprende para el Antiguo Testamento 46 escritos (45 si se cuentan Jr y Lm como uno solo), y 27 para el Nuevo.” CIC 120
Su estudio
El libro de Tobías nos muestra el ambiente en el que vivía el pueblo en el Exilio. En éste se resalta la burla y la situación de desprecio que se hacía sobre las personas religiosas, quienes eran incomprendidas incluso por los de su casa. Por el lenguaje que utiliza, muchos de los estudiosos están de acuerdo en que debió de haber sido escrito cerca del siglo III a.C. muy posiblemente en la diáspora (judíos fuera de Israel). Es un libro de carácter eminentemente didáctico en el que se muestra ante todo que Dios es justo y libre, y que el sufrimiento, no es un castigo sino que ha de ser entendido como una prueba o una oportunidad de probar a Dios nuestra fidelidad.
“La fe puede ser puesta a prueba. El mundo en que vivimos parece con frecuencia muy lejos de lo que la fe nos asegura; las experiencias del mal y del sufrimiento, de las injusticias y de la muerte parecen contradecir la buena nueva, pueden estremecer la fe y llegar a ser para ella una tentación”. CIC 164